Residencia temporal para trabajar en Chile: requisitos y pasos
Resumen de lo que exige SERMIG para vivir y trabajar en Chile con contrato u oferta formal de trabajo.
Verificado el 13 de octubre de 2026 en fuentes oficiales · Ver fuentes · Read in English
En resumen: Se solicita solo desde el extranjero, por el portal de trámites de SERMIG, con un contrato de trabajo o una oferta formal notariada. El permiso dura hasta dos años y se puede prorrogar por otros dos.
A quién va dirigida
- A quienes quieren vivir en Chile por un tiempo limitado para trabajar bajo subordinación o dependencia con un empleador que tiene domicilio o sucursal en Chile.
- También a quienes tienen una oferta formal de trabajo de una persona natural o jurídica chilena y la aceptaron formalmente.
- Y a quienes trabajarán por cuenta propia, bajo las condiciones indicadas más abajo.
Dónde y cómo se solicita
- Solo desde el extranjero, a través del Portal de Trámites Digitales de SERMIG (tramites.serviciomigraciones.cl), ingresando con ClaveÚnica o con una cuenta creada para ese fin.
- El portal pide, en orden: datos del solicitante, contacto, documento de identidad, actividad a realizar, documentos, calidad de titular o dependiente, tipo de vínculo (contrato de trabajo, honorarios u oferta), verificación, pago de tarifas y envío.
- Al enviar recibirás un correo de confirmación y SERMIG te contactará por correo cuando comience el análisis.
Requisitos generales
- Pasaporte vigente por al menos un año desde la fecha de solicitud (solicitudes presentadas desde el extranjero).
- Certificado de antecedentes penales del país de origen o del país donde viviste en los últimos 5 años (mayores de 18). No puede tener más de 60 días desde su emisión.
- Fotografía reciente a color, fondo blanco, sin lentes ni gorro, en formato JPG o PNG.
- Contrato de trabajo, contrato de prestación de servicios u oferta formal, según tu caso.
- Acreditar que el empleador tiene liquidez para contratarte (carpeta tributaria del SII si tiene inicio de actividades, o solvencia económica suficiente).
Documentos según tu situación
- Contrato de trabajo: lo firma el empleador ante notario chileno y tú ante el consulado competente. El procedimiento indica que su duración no puede ser menor a 3 meses.
- Oferta de trabajo: carta de oferta protocolizada ante notario chileno y carta de aceptación firmada por ti ante el consulado.
- Honorarios (contrato de prestación de servicios): firmado ante notario, con tareas y remuneración.
- Persona jurídica con fines de lucro: certificado de inicio de actividades del SII y documento que acredite la representación legal. Sin fines de lucro: certificados de vigencia y de directorio del Registro Civil.
Reglas de los documentos
- Documentos emitidos en el extranjero deben estar apostillados o legalizados.
- Los documentos en un idioma distinto del español o inglés requieren traducción autorizada.
- Los documentos de particulares se presentan dentro de 30 días desde su emisión y los de organismos públicos dentro de 60, salvo que indiquen su vigencia.
- Todos los documentos se suben en formato PDF.
Con oferta de trabajo: los plazos de 90 y 45 días
- Con una oferta formal, SERMIG otorga un permiso de 90 días.
- Desde que entras a Chile tienes 45 días corridos para presentar una copia del contrato de trabajo y la constancia de su inscripción electrónica (artículo 9 bis del Código del Trabajo). El contrato debe ser con el empleador que hizo la oferta.
- Si el contrato no se concreta, SERMIG termina el permiso de 90 días y ordena abandonar el país.
Vigencia, prórroga y cambio de empleador
- La relación laboral da una residencia de hasta dos años, prorrogable por otros dos.
- Para prorrogar debes acreditar que sigues realizando actividades remuneradas lícitas.
- Perder el trabajo o cambiarte voluntariamente de empleador no es, por sí solo, causal para revocar el permiso. Con una residencia temporal vigente puedes cambiar de empleador sin informar a SERMIG, salvo en los permisos de 90 días otorgados con oferta de trabajo.
Si trabajarás por cuenta propia
- Antes de entrar a Chile debes tener un contrato con una persona chilena o con un residente definitivo, por servicios profesionales inmateriales o especializados, de más de 90 días corridos, otorgado ante el consulado competente.
- Si la estadía es menor, aplican las reglas de Permanencia Transitoria.
- Sin ese contrato, SERMIG no emite el certificado de permiso en trámite.
Tu familia
Los familiares pueden pedir Residencia Temporal como dependientes si cumplen los números 1 y 2 del artículo 74 de la Ley 21.325.
Lo que la fuente oficial no especifica
- El monto de los aranceles: la página oficial remite a «Aranceles migratorios» y depende de la nacionalidad (puede haber exención por convenios).
- Los plazos de tramitación de SERMIG.
- Cómo se calcula exactamente la «liquidez suficiente» del empleador.
- Los requisitos pueden cambiar: la página consultada se indica actualizada el 18 de diciembre de 2025.
Fuentes oficiales
- SERMIG: Extranjeros que desarrollan actividades lícitas remuneradas
- SERMIG (ayuda): guía paso a paso para solicitar el permiso
Información verificada el 13 de octubre de 2026 en las fuentes oficiales indicadas. Los requisitos migratorios cambian: confirma siempre en el sitio oficial antes de hacer tu trámite. Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir esta residencia desde Chile?
Según SERMIG, esta solicitud solo está disponible desde el extranjero.
¿Cuánto dura?
Hasta dos años con relación laboral, prorrogable por otros dos. Con oferta de trabajo, el permiso inicial es de 90 días.
¿Qué pasa si pierdo mi trabajo?
Según SERMIG, perder el trabajo no es por sí solo causal de revocación del permiso.
¿Puedo cambiar de empleador?
Con residencia temporal vigente sí, sin informar a SERMIG, salvo en los permisos de 90 días otorgados con oferta de trabajo.
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