Autorización para trabajar con Permanencia Transitoria
Un caso excepcional: trabajar de forma puntual siendo turista, con permiso de SERMIG.
Verificado el 13 de octubre de 2026 en fuentes oficiales · Ver fuentes · Read in English
En resumen: Es una autorización excepcional para actividades específicas y esporádicas. Se pide en línea con un contrato o carta notarial, cuesta el 150 % de la Residencia Temporal por actividades remuneradas y debe tramitarse antes de empezar a trabajar.
Quién puede pedirla
- Titulares de Permanencia Transitoria que irán a trabajar en espectáculos públicos o deportivos, conferencias, asesorías o como técnicos expertos.
- Personas que viven en zonas fronterizas, solo si el convenio bilateral con el país vecino lo establece.
Documentos
- Documento de identidad vigente (pasaporte, cédula, DNI u otro).
- Visa de Permanencia Transitoria o autorización previa, si corresponde.
- Tarjeta Única Migratoria (TUM) vigente o timbre de ingreso en el pasaporte, si la solicitud se hace dentro de Chile.
- Carta notarial o contrato de trabajo con una empresa chilena, firmado por ambas partes, con: identificación de las partes, funciones y lugar, fechas de inicio y término, y una cláusula que diga que la obligación de prestar servicios solo podrá cumplirse una vez obtenida la autorización especial.
Costo
- Equivale al 150 % del valor de la Residencia Temporal para actividades lícitas remuneradas, según tu nacionalidad.
- Se puede pagar antes o después de ingresar a Chile; la solicitud de pago aparece en el portal al postular.
Cómo y cuándo pedirla
- En el Portal de Trámites Digitales de SERMIG, en español, ingresando con ClaveÚnica o con una cuenta.
- Debe presentarse al menos un día hábil antes de empezar a trabajar y en horario de funcionamiento: lunes a jueves de 8:00 a 17:00 y viernes de 8:00 a 16:00 (hora de Chile). Fuera de ese horario, rige desde el siguiente día hábil.
Vigencia y prórroga
- Depende de lo que indique el contrato, sin superar la vigencia de tu Permanencia Transitoria.
- Para prorrogarla necesitas copia del permiso vigente y un documento notarial que confirme la vigencia y continuidad del trabajo.
Si trabajas sin autorización
SERMIG indica una multa promedio de 5 UTM (artículo 127 N°5 de la Ley 21.325).
Lo que la fuente oficial no especifica
- El monto exacto en pesos: ChileAtiende lo expresa solo como 150 % de la residencia temporal y depende de la nacionalidad.
- Los plazos de resolución de SERMIG.
- Esta autorización no es una vía para trabajar de forma estable: para eso se necesita una residencia.
Fuentes oficiales
- ChileAtiende: Autorización para trabajar con Permanencia Transitoria
- SERMIG: Autorización de trabajo para titulares de Permanencia Transitoria
Información verificada el 13 de octubre de 2026 en las fuentes oficiales indicadas. Los requisitos migratorios cambian: confirma siempre en el sitio oficial antes de hacer tu trámite. Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta?
Equivale al 150 % de la Residencia Temporal para actividades lícitas remuneradas, según tu nacionalidad.
¿Cuándo debo pedirla?
Al menos un día hábil antes de comenzar las actividades y dentro del horario de atención indicado por SERMIG.
¿Cuánto dura?
Lo que diga el contrato, sin pasar la vigencia de tu Permanencia Transitoria.
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