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Autorización para trabajar con Permanencia Transitoria

Un caso excepcional: trabajar de forma puntual siendo turista, con permiso de SERMIG.

Verificado el 13 de octubre de 2026 en fuentes oficiales · Ver fuentes · Read in English

En resumen: Es una autorización excepcional para actividades específicas y esporádicas. Se pide en línea con un contrato o carta notarial, cuesta el 150 % de la Residencia Temporal por actividades remuneradas y debe tramitarse antes de empezar a trabajar.

Quién puede pedirla

Documentos

Costo

Cómo y cuándo pedirla

Vigencia y prórroga

Si trabajas sin autorización

SERMIG indica una multa promedio de 5 UTM (artículo 127 N°5 de la Ley 21.325).

Lo que la fuente oficial no especifica

Fuentes oficiales

Información verificada el 13 de octubre de 2026 en las fuentes oficiales indicadas. Los requisitos migratorios cambian: confirma siempre en el sitio oficial antes de hacer tu trámite. Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta?

Equivale al 150 % de la Residencia Temporal para actividades lícitas remuneradas, según tu nacionalidad.

¿Cuándo debo pedirla?

Al menos un día hábil antes de comenzar las actividades y dentro del horario de atención indicado por SERMIG.

¿Cuánto dura?

Lo que diga el contrato, sin pasar la vigencia de tu Permanencia Transitoria.

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